contador inteligente

Llevamos ya bastantes meses oyendo en los diferentes medios de comunicación que el aumento de precio que supone la instalación de los contadores inteligentes en el alquiler de nuestras facturas no debe realizarse si ese aparato no está efectivamente integrado y trabajando con telemedida. Es decir, si se ha instalado, pero funciona exactamente igual que el antiguo, no debe subirse el alquiler de 0,54€ más IVA al mes a 0,81€. Pues bien, Holaluz ha puesto orden en este sentido...

 

Todo comenzó con la combativa asociación de consumidores FACUA, que comenzó a divulgar la idea de que si el contador inteligente no cumplía las nuevas funciones para las que estaba destinada porque la red aún no lo permite, el aumento del precio del alquiler no estaba justificado.

Pues bien, los medios de comunicación se han hecho eco de las afirmaciones de FACUA, espoleados también por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que igualmente opina que no se debería elevar el precio del alquiler si las “bondades” del nuevo contador no están operativas.

No dudamos de que ese era el espíritu de la ley, pero Holaluz se ha encargado de poner orden en este asunto acudiendo al BOE, que estipula:

Disposición transitoria única. Precio de alquiler de los contadores electrónicos con discriminación horaria y con posibilidad de telegestión para consumidores domésticos.

 

1. Hasta que se apruebe el precio definitivo de los contadores electrónicos con base en el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o, en su caso, la Comisión Nacional de Energía al que se refiere la disposición adicional única de la presente orden, el precio medio del alquiler de los contadores electrónicos será el siguiente:

 

a) Contadores electrónicos monofásicos con discriminación horaria y con posibilidad de telegestión para consumidores domésticos, considerando no solo el precio del propio equipo sino también los costes asociados a su instalación y operación y mantenimiento de los mismos (incluidos los costes asociados a la verificación): 0,81 euros/mes.

 

b) Contadores electrónicos trifásicos con discriminación horaria y con posibilidad de telegestión para consumidores domésticos, considerando no solo el precio del propio equipo sino también los costes asociados a su instalación y operación y mantenimiento de los mismos (incluidos los costes asociados a la verificación): 1,36 euros/mes.

Igualmente en este BOE posterior se puede leer:

Contadores electrónicos con discriminación horaria y con posibilidad de telegestión para consumidores domésticos 0,81 [euros/mes]

En conclusión: en ningún sitio el BOE especifica que el nuevo contador debe estar efectivamente funcionando como debería, integrado en la red, sino que debe tener “posibilidad” de telegestión. Sin duda el consumidor puede alegar que sin la telemedida, el nuevo contador inteligente es tan útil (o inútil) como los actuales, y por tanto sería de justicia seguir pagando lo mismo por él hasta que se conectase. Ambos, eléctricas y consumidores, tienen su parte de razón.

En cualquier caso, estando la ley como está, y sin noticias de que el Ministerio vaya a tomar cartas en el asunto, conseguir la devolución de dinero, que por otra parte son “solo” 5,67€ anuales, no está nada fácil.

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